Asamblea Constituyente
Asamblea Constituyente
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Es la voluntad del pueblo que representada en Asamblea, redacta una Constitución o leyes supremas, señala las normas fundamentales que caracterizan al Estado, su relación con los ciudadanos y los derechos garantías y obligaciones que se otorgan a éstos. La ley más importante de un país es la Constitución Política y la Asamblea Constituyente es la encargada de redactara y de escribirla. La Asamblea Constituyente es una forma de manifestación del poder que tiene el pueblo. (cf. www.apostamosxbolivia.org)
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Asamblea Constituyente Derivada
Asamblea Constituyente
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La institución está prescrita en el texto constitucional, su viabilidad jurídica se realiza dentro de los cauces constitucionales por ello implica el orden constitucional donde se preserva el hilo constitucional. Son las reformas constitucionales. Una asamblea derivada rompe con el Estado de derecho, sin necesidad de declararlo, mantiene la plena vigencia normativa estatal salvo estatutos jurídicos y principios. (cf. www.apostamosxbolivia.org)
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Asamblea Constituyente Originaria
Asamblea Constituyente
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1. Una Asamblea Originaria es la que, además de redactar la Constitución, puede decidir actos constitucionales (…), el concepto de originario no supone absoluto, sino que va más allá de la redacción de una Constitución, aún cuando está sometida y subordinada a una serie de limitaciones. (cf. www.derechos.org.ve/) 2. Su misión es la de construir sobre nuevas bases el sistema político, en consecuencia, elaborar una Nueva Constitución. La Asamblea Originaria parte de un rompimiento del Estado de derecho, se asienta en una legitimidad con vocación de legalidad que obliga a prescribir qué áreas del orden jurídico decide mantener vigente. (cf.www.apostamosxbolivia.org).
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Autonomía
Asamblea Constituyente
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1. f. Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios. 2. f. Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de nadie. (cf. Diccionario de la Real Academia)
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Autonomía de las Naciones Indígenas
Asamblea Constituyente
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Formas de autogobierno directamente asociadas a los usos y costumbres de pueblos y organizaciones indígenas, en el marco de los territorios y espacios de convivencia de sus diversas nacionalidades; desarrollo con identidad propia y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Esta propuesta abre la posibilidad de una modificación de la división político-administrativa del país con base en la composición étnico-cultural de la población. (cf. http://www.constituyente.bo/)
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Autonomía de Unidades Territoriales
Asamblea Constituyente
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Formas de autogobierno de poblaciones con mayor cercanía geográfica, económica y cultural que se basa en la identificación territorial, que han logrado constituirse en regiones particulares (unidades territoriales con características socio-económico-ecológicas homogéneas). La propuesta abre la posibilidad de modificar la división política del país, tanto a nivel macro regional (regiones que contemplan espacios territoriales de más de un departamento) como micro regional (subregiones al interior de un departamento o espacios supra o intermunicipales). (cf. http://www.constituyente.bo/)
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Autonomía Departamental
Asamblea Constituyente
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Comprende la conformación de gobiernos con autonomía político-administrativa en el nivel “meso” o intermedio entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Municipales, es decir los Gobiernos Departamentales. Esta propuesta no pretende modificar la actual división política administrativa del país en nueve departamentos. (cf. www.constituyente.bo/)
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Autonomía Municipal
Asamblea Constituyente
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Busca consolidar y profundizar el proceso de descentralización político-administrativa del Estado, iniciado a mediados de los años noventa. La municipalización ha permitido conformar Gobiernos Locales en los municipios del país, así como desarrollar procesos de democratización y participación social. Esta propuesta consiste en dotar de mayores responsabilidades, recursos y atribuciones a los gobiernos municipales para la gestión de políticas públicas (educación, salud, infraestructura productiva, desarrollo económico, etc.) y la administración de bienes y servicios públicos. (cf. www.constituyente.bo/)
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Constitución
Asamblea Constituyente
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Ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política. (cf. Diccionario de la Real Academia Española)
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Constituyente
Asamblea Constituyente
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(adj.) Dicho de las Cortes, asambleas, convenciones, congresos, etc. convocados para elaborar o reformar la Constitución del Estado. (m.) Persona elegida como miembro de una asamblea constituyente. (cf. Diccionario Real Academia Española)
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Acciones
Economía
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Derecho a la propiedad parcial de una empresa. Es decir, representan la propiedad en una empresa, y por lo tanto un derecho a recibir los beneficios que ésta obtenga. Por ejemplo, si una empresa vende un total de 1.000.000 de acciones, cada una representa una propiedad de 1/1000.000 del negocio. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Ahorro nacional
Economía
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Es la renta total de la economía que queda una vez pagados el consumo y las compras del Estado. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Ahorro privado
Economía
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Es la cantidad de renta que les queda a los hogares una vez pagados sus impuestos y su consumo. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Ahorro público
Economía
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Ingresos del Estado menos gasto público. También superávit presupuestario. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Anticíclico
Economía
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Que se mueve en sentido contrario al de la producción, las rentas y el empleo durante el ciclo económico; que aumenta durante las recesiones y disminuye durante las recuperaciones. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Apreciación de una moneda
Economía
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Aumento del valor de una moneda medido por la cantidad de divisas que se pueden comprar con ella. Si el tipo de cambio varía de tal manera que es posible comprar más moneda extranjera con una unidad de la moneda nacional, esa variación se denomina apreciación de la moneda. Al contrario, si varía de tal manera que es posible comprar menos moneda extranjera con una unidad de la moneda nacional, esa variación se denomina depreciación de la moneda. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Arancel
Economía
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Impuestos sobre los bienes importados, vale decir, producidos en el extranjero y vendidos en el interior de un país. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Balanza comercial
Economía
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Valor de las exportaciones netas de un país menos el valor de sus importaciones, también llamadas exportaciones netas. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Bancos
Economía
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Son los intermediadotes financieros (instituciones financieras a través de las cuales los ahorradores pueden facilitar fondos indirectamente a los prestatarios). Una de sus principales tareas es aceptar depósitos de las personas que quieren ahorrar y utilizarlos para conceder préstamos a las que quieren pedirlos. Los bancos pagan intereses a los depositantes por sus depósitos y cobran a los prestatarios un tipo de interés más alto por sus préstamos. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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Banco Central
Economía
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Institución destinada a vigilar al sistema bancario y regular la cantidad de dinero que hay en la economía. (cf. Mankiw, Gregory: Principios de Economía y Macroeconomía. Madrid: Mc Graw Hill)
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