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Hoy en la historia

29 de Julio

1861. La Constitución establece el sistema unicameral en su Sección cuarta, Del Poder Legislativo. Artículo 21.- “El Poder Legislativo se ejerce principalmente por una Asamblea, compuesta de los diputados elegidos por votación directa, y accesoriamente por un Consejo de Estado, que funcionará sin interrupción”. 1956. Muere el escritor y político boliviano Franz Tamayo.


HONESTIDAD

Norma
Código de ëtica, Artículo 1. El primer deber profesional de las y los miembros del Colegio de Periodistas de Costa Rica es con la sociedad costarricense, por ello deberán de ser honestos, justos y valientes al recopilar, reportar e interpretar la información.
ARTÍCULO 5: Las y los miembros del Colegio no podrán encubrir, alentar, permitir, facilitar o proteger en cualquier forma el ejercicio deshonesto de la profesión.
ARTÍCULO 9: Las y los periodistas deben actuar con integridad en el desempeño de su profesión, debiendo de abstenerse de toda actuación deshonesta, que pueda afectar su prestigio, el de la profesión, el del cuerpo colegiado al que pertenecen..Bajo ningún supuesto el y la Periodista puede aceptar cualquier forma de remuneración ilícita, ni promover intereses contrarios al bien común.
Fuente:Colegio de Periodistas de Costa Rica 
www.Colper.or.cr

Norma
Código de ética, artículo 4.- Se prohíbe a los colegiados:  
d) La sumisión a través de los medios de comunicación colectiva a intereses ajenos o contrarios a la defensa de la soberanía nacional, integridad territorial y a las instituciones democráticas del Estado;
e) Servir de instrumento consciente para la elaboración o publicación de artículos o anuncios que tiendan a engañar al público o a las instituciones privadas o del Estado;
f) Utilizar el chantaje en sus diversas manifestaciones con el objeto de obtener ventajas de orden personal;
Fuente:Colegio de Periodistas  
www.colegiodeperiodistasdehonduras.com

Norma
Código de ëtica, canon 7: La capacidad del periodista para influir de modo positivo en la sociedad depende en grado sumo de la confiabilidad que el pueblo y sus líderes tengan en la integridad personal de los periodistas. No basta con que el periodista sea honrado, es preciso que evite situaciones que lo comprometan y puedan crear dudas razonables sobre su integridad personal.
Fuente:Colegio de Periodistas, 1999

Colombia
Código de ética, artículo 1º. La comunidad tiene derecho a estar informada veraz, suficiente y oportunamente y el periodista está en la obligación de informarla en esos términos.
1. Aunque resulten discutibles como términos absolutos la verdad y la objetividad, es indispensable en el periodismo la buena fe. El contenido de la noticia o del comentario debe ser exacto en sus hechos y en su contexto.
2. Es necesario presentar las distintas caras de la noticia y procurar que, en donde haya más de una interpretación sobre los hechos, aparezcan todas las que sea relevantes.
Fuente:Círculo de Periodistas de Bogotá, 1990
nuevocpb@yahoo.com

 

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